Préstamo 20% Generalitat Catalunya para primera vivienda: guía práctica 2025

Pareja joven feliz después de recibir el préstamo 20% Generalitat Catalunya para primera vivienda

Préstamo 20% Generalitat Catalunya para la compra de la primera vivienda.

El préstamo 20% Generalitat Catalunya para primera vivienda es una de las medidas más ambiciosas de 2025 para ayudar a los jóvenes a comprar su primer hogar. A través del Préstec Emancipació, la Generalitat financia hasta el 20 % del precio de compra (máximo 50.000 €) sin intereses, mientras que un banco adherido cubre el 80 % restante. Esta guía te explica paso a paso cómo solicitarlo, con enlaces oficiales, requisitos y ejemplos reales para que no pierdas la oportunidad.


¿En qué consiste el préstamo 20% Generalitat Catalunya para primera vivienda?

El programa permite cubrir el 20 % de la entrada de tu vivienda mediante un préstamo público a 0 % de interés y con hasta 30 años de carencia, que solo empezarás a devolver cuando termines de pagar tu hipoteca bancaria.

  • Importe máximo: 50.000 €
  • Tipo de interés: 0 % fijo
  • Plazo total: hasta 35 años (30 años de hipoteca + 5 años de devolución del préstamo)
  • Gastos cubiertos: solo la entrada, no impuestos ni notaría
  • Entidad pública gestora: Institut Català de Finances (ICF)
  • Entidades bancarias adheridas: CaixaBank, BBVA, Sabadell, Santander, Bankinter, Caja de Ingenieros, Caixa Guissona, Arquia Banca y Laboral Kutxa

La vivienda comprada pasa a ser Vivienda de Protección Oficial (VPO) permanente, lo que significa que siempre tendrá precio tasado y limitaciones de venta y alquiler.

En otras comunidades también se están ejecutando medidas para facilitar el acceso a la vivienda, como el Plan VIVE de Madrid, que busca ampliar la oferta de vivienda asequible mediante fórmulas de financiación y gestión específicas. Ambas iniciativas se enmarcan en las políticas que facilitan el acceso a la vivienda, pero son diametralmente opuestas en su estrategia. Lo analizaremos en un artículo.


Requisitos para acceder a la ayuda entrada vivienda Cataluña

Para beneficiarte de esta ayuda entrada vivienda Cataluña, debes cumplir estas condiciones:

  1. Edad: Tener entre 18 y 35 años (todos los solicitantes si es compra conjunta).
  2. Residencia: Estar empadronado en Cataluña y comprar vivienda en el territorio.
  3. Primera vivienda: No haber sido propietario/a de una vivienda en España.
  4. Ingresos máximos: Hasta 6,5 veces el IRSC anual (~80.963 € para una persona y ~83.467 € para dos).
  5. Vivienda apta: Con cédula de habitabilidad y que no sea ya VPO.
  6. Solvencia: No figurar en registros de morosidad y tener capacidad de pago para hipoteca + préstamo.

Puedes consultar el detalle de requisitos del préstamo 20% Generalitat de Catalunya para primera vivienda, en la web oficial del ICF y en la Agència de l’Habitatge de Catalunya.

Nota aclaratoria sobre el IRSC y los ingresos máximos
El IRSC (Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña) está fijado desde el 1 de enero de 2025 en 778,49 € al mes, lo que equivale a 9.341,92 € al año Govern.catgencat.cat.
El programa establece como límite de ingresos a quienes ganan hasta 6,5 veces el IRSC anual, es decir, 60.722 € brutos al año (unos 5.060 € brutos mensuales).
En términos netos (lo que efectivamente percibes tras impuestos), serían aproximadamente 3.500 € al mes, aunque esta cifra puede variar según el tipo impositivo, retenciones y situación familiar.
Las cifras de ~80.963 € para una persona y ~83.467 € para dos, mencionadas en algunas informaciones del programa, podrían responder a adaptaciones internas de cálculo (zonas geográficas, coeficientes familiares, etc.), aunque en este caso no hemos encontrado una nota oficial que lo explique detalladamente.


Documentación necesaria: préstamo 20% Generalitat Catalunya para primera vivienda

Tendrás que preparar varios documentos antes de iniciar la solicitud:


Cómo solicitar el préstamo Generalitat primera vivienda, paso a paso

  1. Solicitud online al ICF
    Accede al Espai Client del ICF y completa el formulario con tus datos y los de la vivienda. Adjunta la documentación.
  2. Aprobación del ICF
    Si cumples requisitos, recibirás la aprobación y tendrás 6 meses para formalizar la hipoteca del 80 %.
  3. Hipoteca en banco adherido
    Contacta con una de las entidades participantes para solicitar la financiación bancaria.
  4. Firma ante notario
    El día de la compra, el banco aporta el 80 % y el ICF el 20 %.
  5. Carencia y devolución
    Solo devuelves el préstamo público cuando termines la hipoteca, en un plazo de hasta 5 años.


Ejemplo real de financiación

Ejemplo real de financiación (80% banco + 20% ICF)

El 20% del ICF está limitado a 50.000 €.

Precio viviendaHipoteca 80% (Banco)Préstamo 20% (ICF)Aportación propia*
180.000 €144.000 €36.000 €0 €*
200.000 €160.000 €40.000 €0 €*
250.000 €200.000 €50.000 € (tope)0 €*
300.000 €240.000 €50.000 € (tope)10.000 €

* El “0 €” hace referencia solo a la aportación sobre el precio de compraventa cuando el 20% no supera el tope de 50.000 €. No incluye aproximadamente un 13% adicional por impuestos (ITP o IVA ≈ 10%) y gastos de notaría, registro y gestoría (≈ 3%), que deberá asumir el comprador.
** La aportación propia aparece cuando el 20% supera el tope de 50.000 € o cuando el banco financia menos del 80% del precio/tasación.

Compromisos y limitaciones

  • La vivienda será VPO de precio limitado de forma permanente.
  • No podrás venderla libremente: solo por precio tasado + IPC + mejoras autorizadas.
  • Alquilar solo con permiso de la Agència y bajo precio máximo regulado.


Enlaces oficiales útiles


Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir el préstamo 20% Generalitat Catalunya para primera vivienda?

Jóvenes de 18 a 35 años empadronados en Cataluña, que compren su primera vivienda como residencia habitual y cumplan límites de ingresos.

¿Cuándo empiezo a devolver el préstamo?

Solo cuando termines de pagar la hipoteca bancaria, con hasta 30 años de carencia y 5 años de devolución.

¿Puedo vender la vivienda después?

Sí, pero seguirá siendo VPO de precio limitado y con derecho de tanteo de la Generalitat.

¿Dónde hago la solicitud?

A través del Espai Client del Institut Català de Finances en la web oficial: icf.cat.

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